martes, 31 de enero de 2012

Etapa de los derechos fundamentales

Se comienza a hablar de derechos universales, de los cuales nadie sin excepción puede estar privado.  Entre ellos se destaca el derecho a la educación, que “representa el mayor logro de la evolución social y de cuya aplicación y desarrollo se derivan todos los derechos de los deficientes.”  La misma estaba centrada fundamentalmente en proporcionarles un “lenguaje y conocimientos básicos para una actuación social mínima” 
Comienza a tomarse conciencia respecto del derecho a la igualdad de posibilidades, que se manifiesta en que dadas las diferencias y las desigualdades son necesarios aportes suplementarios destinados a compensar tales deficiencia con:
•    Aportes intensivos específicos
•    Aportes de técnicas muy especializadas
•    Aportes suplementarios
•    Prolongación de los ciclos obligatorios.
El desarrollo de este derecho a veces puede llevarse a cabo incorrecta o negativamente, ya que muchas veces en nombre de la igualdad de termina remarcando las diferencias y estableciendo una distancia entre los diferentes actores de la sociedad.
Es en este momento en donde comienza a observarse que el deficiente tiene más posibilidades de prepararse para la vida socia a través de la escuela y la familia.  La raíz del principio de integración se centra en la participación activa que configura el principio de integración.  Además, es ahora cuando la sociedad toma conciencia de que el concepto de loco enfermo o viejo no ha sido siempre igual, toma cierta distancia del problema y lo observa más críticamente cuestionando el concepto de “lo normal”, y se podría decir haciendo un análisis teórico, que la sociedad logra romper con conceptos hegemónicos construidos de antaño, para echar luz a una nueva perspectiva de la diferencia, repensándola desde  el respeto por las mismas y la igualdad de oportunidades.
Esta nueva actitud social conlleva nuevas actitudes como el derecho a la diferencia y el derecho a la autonomía. Cuando hablamos del primero nos referimos básicamente a que el deficiente tiene que vivir con sus características singulares y la sociedad tiene que aceptarlo así sin remarcárselas, favoreciendo a que el deficiente conviva y asuma su deficiencia de la mejor manera posible. Además en cuanto al segundo derecho podemos decir que se refiere a que tanto la familia como la escuela y toda la sociedad tiene que bregar por ayudar al deficiente a que pueda ser lo más libre posible, que tenga autonomía de sí, que pueda decidir tanto donde trabajar y obtener el empleo como de que manera pasar su tiempo libre.



 2 Cabada Alvarez, Jose Manuel., La educación especial: situación actual y expectativas.Pág  14
  Idem 2

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